Cambiar de piso no es, ni mucho menos, un trámite sencillo. Hay que tener en cuenta una gran cantidad de factores y gestiones (avisar con antelación suficiente al anterior casero, dar de alta los nuevos suministros o cambiar su titularidad, comprobar que no existan impagos asociados a la nueva vivienda en alquiler…) que, si no son atendidas y solventadas con cuidado, pueden provocar serios quebraderos de cabeza al arrendatario. Te contamos con todo detalle a qué debes prestar atención a la hora de cambiar de piso para que la mudanza se convierta en una proceso cómodo y sin contratiempos.
Salida del anterior piso
Al abandonar la vivienda en que hemos estado residiendo hasta el momento, pueden darse dos situaciones bien diferenciadas.
Salida del domicilio familiar
Este caso suele darse, por norma general, solo una vez en la vida: la primera vez que nos vamos a vivir de alquiler. Más allá de las posibles cuestiones personales y afectivas que se susciten en cada familia, no tendremos que prestar especial atención a trámite alguno, pues no existe ninguna vinculación legal ni contractual con los propietarios del piso que abandonamos (nuestros padres, en la mayoría de los casos).
Salida de otro piso en alquiler
Aquí, sin embargo, sí tenemos que ser especialmente cuidadosos con ciertos aspectos, todos ellos orientados a desvincularnos, por completo, del piso que estamos dejando.
Lo primero será, siempre, notificar a nuestro casero la intención de abandonar el inmueble. Recuerda que legalmente, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (artículo 11 – Desistimiento del contrato), el tiempo mínimo de antelación con que habremos de hacer saber al arrendador que no estamos interesados en renovar el contrato es de treinta días. De realizar la comunicación con un margen inferior de tiempo, muy posiblemente nos veamos obligados a asumir el coste de la siguiente mensualidad, pese a que ya no habitemos esa vivienda. Por otro lado, recomendamos utilizar siempre medios escritos o que, al menos, presenten acuse de recibo, para tener algún tipo de documentación que demuestre, en el caso de que surjan conflictos de partes, que hemos realizado la notificación con la antelación exigida por ley; un burofax suele ser el medio más habitual.
También habremos de acordar con el propietario qué ocurrirá con los suministros. Si estos están ya a su nombre, bastará con volver a cambiar nuestro número de cuenta corriente por el del casero. Si el titular somos nosotros, debemos consensuar si solamente se realizará un cambio de nombre o si, por el contrario, el casero prefiere que demos de baja los servicios. Dado que el cambio de titularidad de algunos suministros (el agua, por ejemplo) lleva asociado un coste, de nuevo, consensuaremos con él quién tendrá que asumir el pago. Asimismo, nos aseguraremos de que no dejamos ninguna factura sin pagar.
Durante el acto de entrega de llaves (en el que se han de devolver todas las copias que tengamos y firmar un documento que certifique la finalización de la relación contractual) aprovecharemos para revisar completamente la vivienda y su estado, certificando que se entrega tal y como se recibió. De no ser así (si existen desperfectos o modificaciones), el casero podrá detraernos de la fianza el importe correspondiente. Si se da esta situación, de nuevo, lo razonable será llegar a un acuerdo con la otra parte sobre la cantidad en que se puede penalizar la fianza a devolver; de no lograrse un consenso, podremos recurrir a la mediación de un tercero (un perito, por ejemplo).
Solo restará, pues, recibir el importe de la fianza a los treinta días en la forma de pago que se haya solicitado.
Firma del contrato y llegada al nuevo piso
No nos cansaremos nunca de repetirlo: antes de abonar una sola mensualidad, debes conocer el contrato de arrendamiento al dedillo, estar de acuerdo con todas sus cláusulas y haberlo firmado, tanto tú como el arrendador, en todas sus páginas. No actuar así es uno de los errores más graves que un inquilino puede cometer. Si has realizado la búsqueda a través de una inmobiliaria, todo este proceso será mucho más sencillo, ya que ellos te asesorarán en todo momento; de hecho, esta es una de las ventajas de alquilar con inmobiliaria.
Una vez realizado el traslado de todos tus enseres al nuevo domicilio, conviene que hagas inventario de todos los desperfectos que puedas encontrar; que los registres mediante fotografía y que se los hagas llegar a tu arrendador o inmobiliaria. Recuerda que, cuando abandones el piso, deberás restituir la vivienda al mismo estado, como mínimo, en que te la encontraste, así que parece aconsejable tener un dossier de desperfectos y fallas. Así, de paso, puedes solicitar al propietario que los solvente.
Asimismo, confirma, bien preguntando a tu casero o bien solicitándolo a las empresas de servicios, que las facturas de los meses anteriores a tu llegada están pagadas. Si no es así, antes de cambiar el titular de los contratos o de asociar tu número de cuenta a los mismos, pide a tu casero que se ponga al día con las deudas pendientes.
Por otro lado, si se trata de una vivienda con muebles y/o menaje, haz un listado. De lo contrario, cuando vayas a abandonar la casa, tendrás muchas dudas sobre qué objetos te pertenecen a ti o forman parte de la casa.
Por último, resulta sensato darse a conocer en la comunidad, llamar a tus vecinos y presentarte. No en vano, van a ser los que convivan, puerta con puerta, contigo; es posible que en algún momento necesites su ayuda y siempre es interesante empezar la relación vecinal con buen pie.
Dos aspectos clave en una mudanza
Pedir permiso en el trabajo
Intentar mudarse hoy en día, con el ritmo de vida y trabajo tan demandante que tenemos, puede ser un problema. Por ello, resulta especialmente útil saber que, según el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, relativo a descanso semanal, fiestas y permisos, todo asalariado puede solicitar a su empleador un permiso de 1 día libre con motivo de la mudanza/traslado de su domicilio habitual. Es más, existen convenios colectivos de determinados sectores o municipios que son aún más generosos con la cantidad de días que se pueden solicitar; el convenio colectivo de Oficinas y Despachos de Madrid, por ejemplo, aumenta a dos los días de permiso por mudanza.
No dar nada por supuesto: revisar los suministros
Es esencial conocer al detalle las peculiaridades de los servicios que tenga activos la vivienda (luz, agua, gas, internet…) y valorar si se ajustan a nuestro ritmo de vida y/o necesidades. Así podremos, por ejemplo, decidir cambiar de tarifa de luz, plantearnos contratar la tarifa PVPC o, dado el caso, reducir el término de potencia de la luz si este es muy elevado el uso que hacemos.
Trámites más frecuentes al mudarse a un piso de alquiler
Un vez estamos instalados en nuestro nuevo hogar, es el momento de ponerse al día con algunos trámites finales que, por regla general, tienen como objeto hacer constar a las distintas administraciones cuál es nuestra nueva residencia.
Ten en cuenta que algunos de ellos, al estar sometidos a procesos burocráticos, pueden demorarse en el tiempo; por lo tanto, lo más recomendable es iniciarlos cuanto antes.
De entre ellos, son especialmente interesantes los que siguen:
- Empadronarse. Para algunos de los demás trámites es necesario tener un certificado de empadronamiento que podemos conseguir simplemente con personarnos en la Oficina de Padrón local con una copia del contrato de alquiler, nuestro DNI y el formulario de padrón relleno.
- Actualizar la dirección del DNI, el pasaporte y el carnet de conducir. En el caso del carnet de conducir se puede hacer desde casa mediante certificado electrónico, para el DNI y el pasaporte, si estos aún están en vigor, la renovación puede presentar reducciones de tarifa o, directamente, estar exenta de pago.
- Notificar a Hacienda y a la Tesorería General de la Seguridad Social nuestro nuevo domicilio. Podemos hacerlo de forma presencial, en las respectivas oficinas que correspondan a nuestra nueva dirección o a través de sus páginas web.
- Solicitar una nueva tarjeta sanitaria, acudir al centro de salud más cercano para realizar la inscripción y, en caso de tomar medicación recurrente, pedir cita con nuestro nuevo médico de cabecera.
- Si la nueva vivienda no tiene, contratar un seguro de hogar y, en caso de creerlo necesario, sistemas antiincendios y antirrobos.
- Revisar todas las domiciliaciones que tengamos contratadas (así como los servicios en los que estemos registrados con nuestra antigua dirección: gimnasio, universidad, biblioteca, páginas webs…) y actualizar el domicilio.
- Si es posible, valorar la opción de cambiar la oficina de nuestra entidad bancaria a la más próxima a nuestra nueva casa.