Aquellas personas que cuenten con liquidez suficiente es posible que puedan realizar la compra de un piso al contado, pero, sin duda, se trata de un colectivo poblacional reducido. La mayoría de familias que deciden adquirir una vivienda en propiedad, por norma general, deben acudir a vías alternativas, como puede ser el alquiler con opción a compra o, más ampliamente extendida, la compra a través de la mediación de un banco al firmar un crédito hipotecario. En este último caso, teniendo en cuenta que la población cada vez decide invertir en vivienda más tarde, resulta interesante saber si existe o no alguna edad a partir de la cual las entidades bancarias se nieguen a conceder una hipoteca y, en tal caso, que alternativas pueden existir.
Cuál es el tope de edad para pedir una hipoteca
En realidad, no existe una edad máxima para solicitar una hipoteca, sino para haber saldado los plazos del crédito contratado. Por norma general, esta edad se fija en 75 años, por lo que la edad a la que, como tope, una persona podrá solicitar una hipoteca, dependerá, en gran medida, del periodo de amortización que se establezca. De esta manera, una persona con 40 años que fije un plazo de 40 años, también, de pago, encontrará dificultades para encontrar financiación; por su parte, una de 50 años que decida pagar la hipoteca en 20 años, seguramente será un perfil adecuado para la mayoría de los bancos.
A continuación, detallamos los distintos perfiles de edad de los solicitantes y la consideración que de ellos podrían tener los bancos.
Personas con edades entre los 25 y los 35 años
- Representan un riesgo y no son los solicitantes ejemplares.
- No están firmemente establecidas en el mercado laboral, lo que podría generar dificultades para afrontar los pagos de la hipoteca en algún momento.
- Por norma general, carecen de ahorros suficientes para cubrir el 30% de los costos iniciales que deben desembolsar.
- En el aspecto positivo, los bancos podrían ver con buenos ojos el hecho de que, a esta edad, la duración del préstamo podría extenderse hasta 40 años, lo que reduciría significativamente las cuotas mensuales.
Personas con edades entre los 35 y los 45 años
- Es el perfil ideal de solicitante para los bancos.
- A partir de esta etapa de la vida, se alcanza una estabilidad económica y laboral que permite hacer frente a los pagos mensuales de una hipoteca con mayor seguridad.
- Disponen de ahorros suficientes para cubrir los gastos iniciales asociados con la compra de una vivienda.
- Tienen la opción de optar por un plazo de devolución de la hipoteca más prolongado, lo que resulta en mensualidades más bajas.
Personas mayores de 45 años
- Rango de edad que mayores dificultades podrá tener para pedir una hipoteca.
- El periodo de amortización será bastante menor.
Comprar casa con más de 70 años: ¿es posible?
En base a lo que hemos comentado hasta ahora, podría parecer que no, que con más de 70 años sería inviable contratar una hipoteca; sin embargo, la realidad es distinta aunque, siendo honestos, es realmente complejo llegar a un acuerdo con un banco cuando se supera esta edad. La respuesta negativa o afirmativa de las entidades dependerá de una serie de factores que enumeramos a continuación:
- Plazos. Un aspecto a tener en cuenta es la duración del periodo de amortización para el pago de una hipoteca. En el caso de que el solicitante pueda asumir pagos más elevados, los plazos podrán reducirse a 15 ó 20 años.
- Ingresos estables. La edad puede influir en la estabilidad de los ingresos, especialmente si implica el recibimiento de una pensión, lo que garantiza liquidez constante en comparación con alguien con un contrato temporal.
- Capacidad de endeudamiento. Un plazo de amortización más corto implica pagos mensuales más altos, por lo que es esencial contar con una capacidad de endeudamiento suficiente.
- Intereses. Como hemos dicho, con el aumento de la edad, el plazo para devolver la hipoteca disminuye, lo que resulta en cuotas mensuales más elevadas. Sin embargo, un plazo más corto también significa pagar menos intereses en total por el crédito (TIN y TAE).
- Ahorros. Dado que las entidades financieras suelen financiar solo el 80% del valor de la vivienda, el 20% restante debe ser aportado por el comprador. Una persona de mayor edad muy posiblemente tendrá ahorrada esa cantidad.
- Historial crediticio. La existencia de un historial extenso de deudas pendientes puede generar reservas en el banco a la hora de aprobar el préstamo. Del mismo modo, una persona anciana que jamás haya caído en situaciones de morosidad, seguramente tendrá más posibilidades de ser beneficiario de una hipoteca.
- Avales y productos combinados. Contratar seguros de hogar, seguros de salud o planes de pensiones con la entidad puede ser beneficioso al solicitar una hipoteca, aunque cada vez más es importante considerar estos elementos en el proceso de contratación del préstamo.
¿Puede el banco negarse a darle una hipoteca a alguien solvente pero anciano?
Lamentablemente, sí. Como hemos comentado, las instituciones financieras tienen pautas y políticas específicas para evaluar la elegibilidad de los solicitantes. Por norma general, se tienen en cuenta factores como los ingresos, el historial crediticio y la capacidad de pago y la edad, aunque es trascendental, por sí sola no acostumbre a ser un motivo para negar una hipoteca a alguien solvente.
Sin embargo, en el caso de personas de edad avanzada, la situación puede cambiar. Los bancos suelen establecer la horquilla que va de los 70 a los 80 años como la edad límite para haber liquidado el crédito. Por lo tanto, si el solicitante tiene 60 años, por ejemplo, es muy posible que los bancos tengan inquietudes sobre la duración del plazo del préstamo, de modo que, aunque podrían concederla, seguramente limitarían a 15 ó 20 años el periodo máximo de pago.
Además, el banco podría evaluar la estabilidad de los ingresos del prestatario después de la jubilación, sobre todo hay previsión de que se retirare cuando el préstamo aún esté vigente. Aun así, en algunos casos, las personas mayores podrían tener, además de los ingresos fijos de pensiones o jubilación, otras fuentes de liquidez (pisos en propiedad que estén arrendados o se puedan vender), lo que podría ser considerado como parte de la capacidad de pago.
Por último, también podrían introducirse en el préstamo la figura de un avalista, que respaldase a la persona solicitante y se hiciera cargo del importe a terminar de pagar en el caso de que el beneficiario falleciera antes de liquidar la deuda.
Recomendaciones del Banco de España sobre la edad máxima para pedir una hipoteca
Como venimos detallando hasta ahora, la edad del solicitante es un factor clave a la hora de considerar solicitar una hipoteca. Sin embargo, existen otros aspectos a tener en cuenta que pueden hacer que una persona se replantee la viabilidad de adquirir una vivienda en propiedad solicitando un crédito hipotecario. El Banco de España, concretamente, lanza tres recomendaciones que toda persona debería estudiar antes de firmar con el su entidad de financiera:
- Se recomienda no firmar hipotecas con plazos superiores a 30 años. Por encima de este periodo de tiempo, los intereses que se generan son excesivos y, por tanto, el Banco de España considera poco apropiado extender más el pago de la operación. Asimismo, para evitar reticencias por parte de las entidades, se fija la edad de 75 años como la tope para haber saldado el crédito; así, si este se ha firmado a 30 años, la edad máxima para embarcarse en una compra de vivienda deberían ser los 45 años.
- Verificar que se dispone de la los ingresos suficientes para afrontar las mensualidades. En este caso, la regla del 30% o del tercio que se suele aconsejar para los inquilinos de una vivienda de alquiler también tiene validez, ya que el Banco de España recomienda que los vencimiento mensuales del crédito hipotecario no superen el 35% de los ingresos totales del núcleo familiar.
- Disponer de saldo para abonar la entrada. Normalmente, a la contratación de una hipoteca debe de abonarse una suma de dinero en concepto de gastos de entrada y apertura. Se establece entre el 20% y 30% del valor total de compra del inmueble.