Tener Internet en casa es totalmente imprescindible, y más ahora que el teletrabajo está a la orden del día y cada vez consumimos más contenido audiovisual a través de plataformas de streaming. Pero ¿quién paga Internet en un piso de alquiler? ¿Quién debe correr con los gastos de la instalación del módem y de la conexión, el propietario o el inquilino?
Quién paga el Internet en un piso de alquiler
En los alquileres de larga duración, lo normal es que sea el inquilino el que contrate este servicio y lo pague de su bolsillo. El inquilino contrata la tarifa que mejor se adapte a sus necesidades y pone las facturas a su nombre.
Otra opción, menos común, es que el propietario tenga una tarifa de Internet contratada a su nombre y repercuta sus gastos al inquilino, sobre todo si existe algún tipo de contrato de permanencia y no le conviene darlo de baja. En estos casos, lo habitual es que en el anuncio se especifique que en el precio del alquiler se incluye este gasto.
¿Qué pasa si soy inquilino y no quiero pagar Internet?
Puede ocurrir que un inquilino no quiera hacer frente a este gasto por cualquier motivo: porque no pasa mucho tiempo en casa, porque le es más que suficiente con los datos móviles, por voluntad propia, etc.
En estos casos, hay dos soluciones: que el inquilino no contrate ninguna tarifa o, si ésta viene incluida en el alquiler y no es negociable, rechace la vivienda para no pagar por algo que no usa. También puede negociar con el propietario para contratar por su cuenta una tarifa más barata o que se ajuste a sus necesidades.
Cómo contratar Internet en un piso de alquiler
Para contratar Internet en un piso de alquiler siendo inquilino basta con seguir los pasos habituales como si los contrata cualquier otro tipo de persona en su vivienda: se comparan precios y se estudian las compañías que ofrecen ADSL o WiFi en la zona. A partir de ahí, sólo hay que elegir el servicio que mejor se adapte a nuestras necesidades.
Lo habitual es que, una vez hecha la contratación, la compañía envíe el router a los pocos días y acuda un técnico a configurarlo. Hoy en día, no suele ser necesario pagar gastos de instalación, por lo que el inquilino no tiene que preocuparse de este coste añadido.
Una vez instalado el router, sólo hay que configurar la red WiFi a nombre del inquilino y disfrutar de sus ventajas. Es importante establecer una contraseña segura a la que nadie más tenga acceso y, por supuesto, dar de baja el servicio cuando rescinda el contrato de alquiler.
Huelga decir que, si la factura de Internet la paga el inquilino, éste puede modificarla, cambiarla o darse de baja cuando quiera. Si planea quedarse poco tiempo en el piso o no tiene muy claro cuántos meses puede residir en él, es aconsejable evitar contratos con permanencia para evitar posibles problemas.
Qué gastos paga el propietario del piso y qué gastos paga el inquilino
Leer bien el contrato de alquiler antes de firmarlo es esencial, pues lo que figure en éste será lo que cuente. La ley impone cada vez menos reglas en este aspecto, pero se aplica en lo que no precise el contrato.
A no ser que en el contrato se especifique lo contrario, los gastos se suelen repartir de la siguiente manera:
- El casero paga el IBI, la comunidad de vecinos, la tasa de basuras, el seguro de la casa y los seguros de mantenimiento. También se encarga de aquellas averías, reparaciones y sustituciones de electrodomésticos y elementos que sean necesarios para que la vivienda sea habitable y que no se hayan estropeado por un mal uso, como dicta el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
- El inquilino paga todo lo que puede medirse con contadores individuales, como el agua, la luz, el gas, el teléfono o la conexión a Internet. También los pequeños gastos cotidianos y los daños que él o sus visitas causen en la vivienda. Para estos imprevistos es aconsejable contar con un seguro especial para inquilinos.
Decidir quién paga los gastos en un piso de alquiler
El mejor consejo en estos aspectos es el negociar con el propietario del piso. Cierto es que hay algunos gastos que cada parte debe pagar obligatoriamente según dicta la Ley de Arrendamientos Urbanos, pero, para evitar conflictos respecto a aquellos gastos que se quedan en el aire, lo mejor es negociar para llegar a un acuerdo. Una vez alcanzado el consenso, se debe redactar el contrato de alquiler de acuerdo a lo pactado y leerse bien, pues lo que figure en él será la única verdad.