Si estás en trámites de entrar a vivir en un nuevo piso de alquiler, es posible que estés resolviendo las cuestiones típicas: el contrato, los papeles que hay que entregar para asegurar que tienes la suficiente solvencia para pagar el piso o bien un aval, el alta de los suministros…
En este último sentido, es habitual quedarse con la duda de si es mejor poner la luz a nombre del inquilino o dejar que sea el arrendador quien siga pagando las facturas al mismo tiempo que «apañamos» con él ese gasto dentro de la renta mensual.
Qué dice la ley
Si atendemos a lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 20, los suministros deben ser pagados por la persona que está haciendo uso de ellos, es decir, el inquilino.
Este deberá pagar los gastos de agua, de gas, de luz o de internet el tiempo que esté viviendo en en el inmueble alquilado. Precisamente por eso, es muy recomendable poner todos los suministros, luz incluida, a nombre del inquilino.
1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario
Dado que la luz es susceptible de individualización, debe ser el arrendatario quien se haga cargo de ella. Esto no quita que no pueda negociarse un pago compartido o incluido en la renta mensual, aunque en realidad no hay motivos de peso para que la luz siga a nombre del arrendador.
Por qué es mejor poner la luz a nombre del inquilino
La ley nos habla de que los gastos de suministros tienen que ser pagados por las personas que están haciendo uso de ellos, es decir, los inquilinos, pero no nos habla de la manera en la que tiene que ser efectuado ese pago. Hay personas que directamente dejan que el inquilino sea el que contrate los servicios de una compañía de suministro eléctrico, dando las facturas para que figure su nombre y así pagarlo directamente, todo ello de forma independiente al arrendador.
No obstante, hay otras casos en los que el arrendador prefiere recibir las facturas de electricidad y este las repercute en la renta mensual. Eso sí, tal y como ya hemos anotado antes, esta manera de cobrar/pagar la luz es un gran error para ambas partes, tanto para el arrendador como para el inquilino. Hoy en día, con la cantidad de facilidades que existen para tratar con las comercializadores y compañías eléctricas, es algo que no tiene ningún sentido.
Lo mejor es, sin lugar a dudas, poner la luz a nombre del inquilino en lugar del arrendador, acotando así el trámite a la compañía de la luz y la persona que está haciendo uso de ella (el arrendatario).
Ventajas para el arrendador
Pongamos el caso de que una persona, inquilina de una vivienda alquilada, decide que no va a pagar las siguientes facturas del suministro de la luz, o bien, por razones económicas, no puede hacerlo. En el caso de que el contrato con la compañía esté a su nombre, a ojos de esta el deudor será él y por tanto los posibles problemas legales irán directamente dirigidos a él y no al arrendador.
También es interesante anotar que, si el arrendador decide hacerse cargo de las facturas de la luz pero por algún motivo tiene un conflicto con el arrendatario, el arrendador es responsable de seguir pagando religiosamente a la compañía eléctrica, pase lo que pase. Esto significa que si por lo que sea el arrendatario deja de pagar el alquiler, el arrendador no puede «vengarse» dejando de pagar la luz, ya que si si la compañía eléctrica corta el suministro al inquilino por un impago del arrendador, este último podría ser denunciado por el inquilino.
En resumen: si eres arrendador olvídate de problemas y pon la luz a nombre de tu inquilino.
Ventajas para el arrendatario
Si eres una persona que puede asumir los gastos de la electricidad que va a consumir, no vas a tener conflictos si las facturas de la luz llegan a tu nombre. Esto es algo que seguramente el casero va a preferir por todas las razones que ya te hemos contado pero es que, además, para ti también es mejor.
- En primer lugar, podrás decidir tú cuál es la compañía que va a suministrarte la luz y la electricidad en casa. Es posible que ya tengas algunas preferencias porque has tenido otros contratos previos, y sabes perfectamente sobre una compañía donde tienen buenas ofertas, o donde los precios son más económicos. Si el casero es el que tiene la luz a su nombre, tendrás que aceptar sí o sí la compañía que haya escogido.
- Podrás elegir si quieres estar en el mercado libre o en el regulado, controlando mucho mejor tu consumo de luz.
- Podrás bajar el término de potencia de la luz sin tener que pedirle explicaciones a nadie.
- Tendrás acceso total a las facturas, ahorrándote los problemas derivados de fiarte de las cifras que el casero te diga sobre lo que debes de pagar.