Las personas que se encuentran en riesgo de exclusión social o que tienen sus ingresos limitados parecen verse abocadas a situaciones de alquiler de infravivienda. Por suerte, las ayudas al alquiler (en Andalucía, por ejemplo), parecen paliar esta dramática realidad. Del mismo modo, existe, también, la posibilidad de adquirir viviendas en propiedad a través de la adquisición de una VPO. Queda, además, una última alternativa, ser beneficiario de los alquileres sociales que algunos bancos, como el BBVA, ofertan a personas que han sufrido un desahucio.
Condiciones de un piso de alquiler social BBVA
Como ocurre en InmoCaixa, el portal inmobiliario de La Caixa, las viviendas que BBVA oferta a personas en riesgo de exclusión social, por haber sufrido previamente un desahucio, ofrecen una serie de aspectos ventajosos. A continuación listamos los aspectos más importantes del contrato de arrendamiento tipo de estos pisos:
- Como ocurre en todo acuerdo de arrendamiento, es necesario el abono de una fianza cuyo valor equivale al importe de un mes de alquiler.
- El importe de la renta mensual del alquiler oscilará entre los 150€ y los 400 euros.
- Bajo ningún concepto puede incumplirse la regla del 30%. Es decir, el importe del alquiler no podrá ser mayor de un tercio de los ingresos netos de la unidad familiar.
- Se trata de contratos cuya duración inicial es de dos años, aunque cabe la posibilidad de ampliarlo durante uno más (3 en total). Eso sí, sólo en el caso de que el beneficiario siga cumpliendo los requisitos que le dieron acceso a la vivienda.
- Obviamente el inmueble deberá constituirse en la vivienda habitual del solicitante.
- El piso no debe sufrir modificación alguna, por lo que ha de mantenerse en las mismas condiciones en las que se lo entregaron.
- El resto de suministros (luz, agua, gas, Internet…) correrán, en todo caso, a cuenta del inquilino, que tendrá libertad para contratar sólo aquellos que estime necesarios.
Requisitos de acceso a las viviendas
Como indicábamos previamente, las vivienda que el BBVA dedica a su labor social están orientadas exclusivamente a personas que hayan sufrido un desahucio de su residencia habitual, por lo que toda persona que no cumpla con este primer requisito, no podrá acceder a ellas. Además, el desahucio debe haberse producido después de 31 de diciembre de 2007.
Sin embargo, los condicionantes que deben cumplir los beneficiarios no terminan ahí, sino que existen otros que, además pueden agruparse en tres grandes bloques.
Causas del desahucio
Los desahucios contemplados se limitan a aquellos relacionados con impagos de hipotecas, quedando excluidos los que se deriven del impago de viviendas arrendadas:
- Impago de préstamo hipotecario (supone, aproximadamente, 95 % de las viviendas recogidas en el Fondo Social).
- Préstamo no hipotecario (correspondiente al 5 % de las viviendas restantes).
- Por una dación en pago de un préstamo hipotecario.
- Ejecución hipotecaria que termina con la adjudicación de la vivienda, pero que no haya dado lugar al desalojo de la misma.
Situación actual del solicitante
De mismo modo, se establecen unos condicionantes mínimos que tienen como fin asegurarse de que la necesidad de la vivienda es un hecho irrefutable:
- Ni el beneficiario ni ninguno de los miembros de sus convivientes pueden tener una vivienda en propiedad o régimen de usufructo.
- La suma de los ingresos familiares no puede ser superior a 3 veces el IPREM.
Consideración de especial vulnerabilidad
Por último, para poder ser beneficiario de un inmueble del fondo social BBVA, la persona demandante debe encontrarse en una situación de especial vulnerabilidad. Así, entre otras, destacamos las siguientes como posibles situaciones que sí serían tenidas en cuenta:
- Familias con menores de edad a cargo.
- Unidad familiar monoparental con dos o más hijos a cargo.
- Unidades familiares en las que alguno de sus miembros tenga una discapacidad superior al 33 %.
- Familias en las que uno de sus miembros esté en situación de dependencia.
- Familias en las que uno de los integrantes tenga una enfermedad que le incapacite para desempeñar una actividad laboral.
- Familias en las que el deudor hipotecario que ha perdido su vivienda esté en paro y no tenga derecho a prestación.
- Víctimas de violencia de género.
- Personas mayores de 60 años.
- Jubilados o prejubilados que hayan asumido las deudas de sus hijos o nietos mediante aval.
- Unidad familiar con la que convivan una o más personas unidas con el titular de la hipoteca por una relación de hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad. Siempre y cuando alguno de los miembros no pueda desempeñar actividad laboral por discapacidad, dependencia o enfermedad grave.
Viviendas embargadas del BBVA: cómo solicitarlas
La solicitud de los alquileres sociales BBVA debe presentarse presencialmente en cualquiera de las oficinas y sucursales de la entidad. El modelo oficial se puede descargar desde la web del Fondo Social BBVA y ha de entregarse correctamente cumplimentado y por duplicado. Es importante resalta que en él, además de la propia solicitud, se incluye una declaración responsable del solicitante relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos.
Además, ha de adjuntarse la siguiente información, de cara a identificarlo como persona y para acreditar su situación de vulnerabilidad:
- Fotocopia del DNI.
- Copia del Libro de Familia.
- Certificado de empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar.
- Últimas tres nóminas de cada miembro de la familia mayor de 16 años. Se considerarán nóminas las liquidaciones correspondientes a la prestación de desempleo.
- Si la persona está desempleada, la demanda de empleo sellada por el SEPE.
- Cualquier otra documentación que acredite los ingresos en caso de ser distinta de las dos situaciones anteriores (ayudas estatales o autonómicas).
- Certificado de titularidad expedido por el Registro de la Propiedad de cada uno de los miembros de la unidad familiar.
- Escrituras de la compraventa de la vivienda ejecutada y del préstamo otorgado por el BBVA para su adquisición.
- Certificados que acrediten la situación de vulnerabilidad de la persona solicitante.
Adjudicación de las viviendas
Dado que el número de viviendas disponible es limitado (400 en toda España en 2023), BBVA pretende asignar estas a las personas que mayor necesidad o riesgo de exclusión social puedan tener. Para ello, la entidad, una vez recepcionadas todas las solicitudes, pasa a estudiarlas y valorarlas.
Concretamente, se priorizarán aquellas en las que concurran un mayor número de las circunstancias detalladas en los requisitos previamente comentados. Por ejemplo, una persona con menores a su cargo estará en una situación de mayor riesgo de exclusión si, además, está en paro o ha sido víctima de violencia de género. Del mismo modo, si, además, tiene algún grado de discapacidad o personas dependientes a su cargo, su posición en la lista avanzará numerosos puestos.
Por último, indicar que para realizar la adjudicación de las viviendas y el orden específico, la entidad solicita los informes de los Servicios Sociales a cada Ayuntamiento, siempre y cuando este estuviera adherido al convenio que regula el Fondo Social.
Contacto
Según la página web del Fondo Social BBVA, el teléfono de contacto para resolver cualquier tipo de duda relativa a sus pisos de alquiler social es el 900 812 532. Toda persona se puede comunicar con los agentes que el banco destina a estas labores en el horario de atención al público establecido: de lunes a domingo desde las 08:00 de la mañana hasta las 22:00 de la noche.