Cómo funciona el aval público de alquiler y cuáles son los requisitos para que te lo concedan

El aval público es una medida impulsada por el Gobierno, que actúa como avalista en los contratos de alquiler, y que garantiza el pago al propietario y facilita el acceso a la vivienda a inquilinos con menos recursos.

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El acceso a una vivienda en alquiler se ha vuelto un reto para muchos inquilinos, especialmente por las garantías que los propietarios exigen para asegurar el pago. En este contexto, ha surgido una nueva herramienta pensada para facilitar el acceso a la vivienda y proteger también al arrendador: el aval público de alquiler.

A través de mecanismo, concebido para reforzar la confianza entre propietarios e inquilinos, reducir la discriminación en el proceso de selección y evitar conflictos en caso desahucios, el Estado actúa como avalista en caso de impagos.

¿Qué es exactamente el aval público de alquiler?

Se trata de una fórmula mediante la cual una entidad pública (como el Instituto de Crédito Oficial o una administración autonómica o local) actúa como avalista del inquilino ante el arrendador. En este sentido, el funcionamiento real de este tipo de aval es el habitual: si el inquilino deja de pagar, el propietario podrá recuperar las rentas impagadas gracias a este sistema sin necesidad de esperar a procesos judiciales largos, ya que la entidad avalista responderá por el primero.

El propósito de este aval público es reducir barreras de entrada al mercado del alquiler, especialmente a colectivos vulnerables, jóvenes o personas sin avales familiares o ahorros suficientes para pagar depósitos elevados. De esta manera, la iniciativa estatal complementa los avales tradicionales que hasta ahora se utilizaban en el ámbito de los arrendamientos: el aval privado, normalmente emitido por una entidad bancaria, y el aval solidario, gestionado entre particulares (familiares o personas próximas al inquilino).

¿Cuáles son los requisitos para que se conceda el aval público?

Requisitos para el inquilino

  • Como suele ocurrir con todas las ayudas estatales que buscan proteger a los más vulnerables, los ingresos del solicitante estarán limitados en función del IPREM. En este sentido, aún no se han definido los márgenes, pero, tomando como referencia los criterios de ayudas similares, no superar 3 o 4 veces el IPREM anual suele ser el tope.
  • Estar empadronado o residir legalmente en España.
  • No disponer de una vivienda en propiedad en el territorio nacional.
  • No tener antecedentes de impagos o deudas importantes con la administración pública.

Además, el inquilino deberá satisfacer, al menos, una de las siguientes situaciones que justifiquen su vulnerabilidad de cara a acceder a un arrendamiento por los cauces normales:

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  • Ser menor de 35 años.
  • Pertenecer a una familia monoparental.
  • Ser víctima de violencia de género.
  • Tener más de 65 años.
  • Tener alguna discapacidad acreditada.

Requisitos para el arrendador

  • Debe inscribirse en el sistema del aval público, aceptando las condiciones del programa.
  • El inmueble debe estar destinado exclusivamente al alquiler residencial.
  • Fijar un precio de alquiler que se mantenga dentro de los límites marcados por el Índice Estatal de Referencia.
  • Ingresar la fianza obligatoria en el ente competente (la oficina que haya designado la Comunidad Autónoma).
  • Firmar el compromiso relativo a la garantía al alquiler, según el modelo establecido por la Administración.
  • No se puede exigir otro tipo de avales y, por supuesto, el contrato de alquiler no puede incluir fianzas abusivas o cualquier otro tipo de requisitos que se escapen a lo indicado en la LAU. .

Cómo se puede solicitar el aval público

El proceso de solicitud puede tener dos posibles vías: a través del propio inquilino o mediante colaboración directa del propietario. Aunque los detalles pueden cambiar por comunidad, el esquema habitual sigue estos pasos:

  • Solicitud inicial del inquilino o propietario ante la entidad gestora (puede ser online).
  • Evaluación socioeconómica del inquilino, para determinar si cumple los requisitos.
  • En caso favorable, se emite un documento de aval o garantía pública que se incluye junto al contrato de alquiler.
  • Una vez firmado el contrato, el aval entra en vigor.

Algunas administraciones locales están desarrollando plataformas específicas o utilizando medios digitales para facilitar el trámite.

Cabe recordar que, aunque el aval lo respalda una entidad pública, puede incluir ciertas condiciones de devolución si se produce impago, como ocurre con otros sistemas de avales. Es decir, el inquilino no queda completamente exento de responsabilidad.

¿Cuándo entra en vigor el aval público?

Aunque se han anunciado medidas para implementar el aval público a nivel estatal, su aplicación concreta depende de los desarrollos normativos y la participación de comunidades autónomas y ayuntamientos.

En algunos territorios ya existen programas piloto o sistemas equivalentes gestionados a nivel local. Por ejemplo, hay comunidades, como, por ejemplo, Murcia, Galicia, Madrid o el País Vasco, que ofrecen avales o seguros de impago financiados parcialmente con fondos públicos, aunque no se presentan bajo esta denominación.

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En el marco de las políticas de vivienda actuales, se espera que el aval público se integre progresivamente en los planes autonómicos o estatales, con especial énfasis en apoyar el alquiler asequible para jóvenes y familias vulnerables.

¿Qué cubre el aval público exactamente?

El aval público puede cubrir, según el programa y las condiciones acordadas:

  • Rentas impagadas. Durante un periodo determinado que aún no se ha concretado.
  • Los posibles gastos judiciales o de desahucio ocasionados por incumplimiento en los pagos por parte del inquilino.
  • Reparaciones por daños.

Es importante indicar que el periodo de tiempo para actuar, por parte del arrendador, está limitado: debe solicitar el cobro de las cantidades debidas en un plazo de seis meses desde que recupere la posesión de la vivienda. En caso contrario, el aval no responderá de la deuda.

Por otro lado, no debemos pensar que acogerse a este tipo de ayudas no tiene implicaciones para el inquilino: si éste incurre en impagos, podría verse obligado a reintegrar lo cubierto por el aval público, en plazos o condiciones específicas. Este punto suele regularse y detallarse mediante los acuerdos firmados al inicio del proceso.

¿A quién beneficia esta medida?

La respuesta es inmediata: a ambas partes.

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Por un lado, el aval público de alquiler ofrece importantes beneficios para los inquilinos, ya que incrementa sus posibilidades de acceder a viviendas de calidad sin la obligación de presentar un aval privado o disponer de grandes sumas de dinero para fianzas. Esto, lógicamente, contribuye a disminuir la discriminación basada en el perfil económico o la edad, facilitando la inclusión de colectivos vulnerables como jóvenes y familias que carecen de respaldo familiar, permitiéndoles acceder al mercado del alquiler con mayor facilidad y seguridad.

Para los propietarios, por su parte, este sistema representa una mayor seguridad jurídica y una protección real frente a posibles impagos, lo que reduce la incertidumbre asociada al alquiler. Además, al disminuir la necesidad de exigir fianzas elevadas, el proceso de alquiler se vuelve más ágil y atractivo, favoreciendo que los propietarios estén más dispuestos a alquilar sus viviendas a colectivos que tradicionalmente han tenido dificultades para acceder, promoviendo así un mercado de alquiler más justo y equilibrado.

Además, al tratarse de un instrumento público, este aval se integra en una estrategia más amplia para promover el alquiler como solución habitacional, evitando a la vez la especulación y la inseguridad jurídica.

¿Es compatible con otras ayudas o subvenciones al alquiler?

Sí, en general, el aval público puede complementarse con ayudas al pago del alquiler, como las subvenciones para jóvenes o las bonificaciones en el marco de los planes de vivienda autonómicos. Eso sí, al tratarse de una medida de reciente implantación, es necesario verificar la compatibilidad y los límites de renta que puede establecer cada administración, así como los requisitos específicos.

¿En qué se diferencia de otros tipos de aval?

A diferencia de un aval privado o bancario, el aval público:

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  • Tiene una función social, orientada a la inclusión y el acceso a la vivienda.
  • Está respaldado por fondos públicos y diseñado para evitar abusos o desequilibrios.
  • No exige garantías patrimoniales previas.
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