¿Son legales Desokupa y otras empresas de desalojo? Qué dice la ley al respecto

Las empresas de desalojo están dedicadas a devolver viviendas okupadas a sus propietarios, si bien, a veces, sus prácticas pueden bordear los límites de la legalidad.

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Con la proliferación de las noticias que hablaban sobre la desokupación express en 48 horas, surgieron infinidad de empresas que garantizaban el desalojo de los okupas en tiempos récords. Teniendo en cuenta la cantidad de distintos tipos de desahucios que hay en España y las estrategias que se han difundido para evitar los desalojos en pisos de alquiler, algunos propietarios han visto en las empresas de desokupación la única alternativa viable a una situación que puede estancarse indefinidamente. Pero, ¿son legales?

Que es una «desokupación»

Según la web desokupacionlegal.com, «la desokupación es el proceso en cuya virtud se desaloja a los okupas de una manera eficiente y eficaz. Eficiente porque los tiempos son rápidos. Eficaz porque se logra el objetivo y la persona que incurre en dicho delito termina desalojada».

Es decir, el proceso de desokupación sería el contrario al de okupación. Mientras este último supone tomar posesión de un inmueble que no pertenece a sus ocupantes (normalmente, mediante el uso de la fuerza o de medidas ilegales, como el hecho de forzar cerraduras), la desokupación supone echar, en teoría, de manera no violenta a estos ocupantes a fin de devolver el piso o casa a sus dueños reales.

Qué son las empresas «desokupas»

Son empresas privadas cuya finalidad es realizar el desalojo de viviendas y pisos que hayan podido ser okupadas por personas que hayan accedido a ellas sin autorización o por inquilinos que se hayan convertido en morosos al dejar de pagar el alquiler.

De alguna manera, lo que buscan estas empresas es acelerar los procesos, a veces, excesivamente largos, que se suponen los cauces habituales de los juzgados. Al no recurrir a la policía ni a las vías judiciales, se acortan los tiempos y los desalojos suelen llevarse a cabo de manera más rápida. Todo esto, según afirman los dirigentes de las empresas de desalojo más conocidas, sin hacer uso de la violencia en ningún momento y a cambio de cobrar una importante suma de dinero.

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Cómo funcionan y qué métodos usan

Una vez se ha realizado la contratación, la empresa analiza el caso en concreto y lleva a cabo una investigación sobre los ocupantes ilegales de la vivienda para asegurarse, por ejemplo, de que no haya menores en el interior; del mismo modo, se intenta averiguar si existen personas dependientes, con discapacidad, mayores de 65 años o susceptibles de ser incluidas en cualquier otro tipo de colectivos entendidos como potencialmente vulnerables.

Además, en paralelo, también se requiere que la persona que afirma ser propietaria de la vivienda lo demuestre, proporcionando para ello toda la documentación pertinente. Entre otras, se puede solicitar tanto inscripción en el registro de la propiedad del inmueble, como el pago de los últimos recibos de la hipoteca o alguna factura en la que se aparezca como titular. Obviamente, también se solicitará algún tipo de documento que verifique la identidad nacional del contratante: DNI, pasaporte o NIE.

Una vez verificados los detalles mencionados, estas empresas visitan la propiedad ocupada con el objetivo de negociar con los ocupantes y llegar a un acuerdo para desalojar la vivienda. Es decir, la primera vía a agotar suele ser la del diálogo pacífico; exponer a la otra parte la situación de ilegalidad en que están incurriendo y la necesidad de abandonar la vivienda a la mayor brevedad. Dado que esta primera intentona rara vez fructifica, usualmente, se ofrece una suma de dinero a cambio de abandonar la propiedad de mutuo acuerdo.

En caso de esta vía no tenga éxito, suelen implementar lo que se conoce como «control de acceso». Esto se traduce en que una o más personas de la empresa estén constantemente presentes en la entrada de la vivienda ocupada, con el propósito de ejercer presión sobre los ocupantes y controlar quién entra en la propiedad. Además, se les advierte de que, si salen del inmueble, no se les permitirá volver a entrar.

En este sentido, las empresas de desokupación distinguen dos tipos de control de accesos:

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  • Los electrónicos. Son baratos y eficaces. Aunque, no obstante, hay que tener en cuenta que es dudosa la legalidad de la actuación, ya que, en el fondo es como si se estuviera cambiando la cerradura de la puerta. En esencia, consiste en instalar un dispositivo que bloquea la entrada y sólo permite el acceso a aquellos que conozcan la clave de entrada o, aún más, que hayan registrado sus datos biométricos previamente en él.
  • Los humanos. Supone disponer a unos miembros de la empresa de manera constante en la puerta de acceso, permitiendo la salida de los okupas, pero no su entrada. En teoría, es perfectamente legal, pues las personas movilizadas cuentan con la documentación del titular de la vivienda justificando que esta le pertenece, pero no siempre las cosas se producen de forma tranquila. Por un lado, hay que tener en cuenta el hecho coactivo de la presencia de los empleados en la puerta de la vivienda y, por otro, la posibilidad de que se desarrollen situaciones violentas que puedan ser iniciadas por cualquiera de las dos partes.

Este sistema de presión suele dar efecto, según las empresas ofertantes, a la semana. Este tiempo se debe a que, si los habitantes no puede salir por miedo a tener impedido el acceso, pasados 7 días, muy seguramente se habrán quedado sin comida y requerirán bien salir o bien que les sea entregada la compra a domicilio. Estando la segunda opción descartada por la presencia de la empresa, casi con toda seguridad, los okupantes se verán forzados a abandonar el inmueble.

Por último, no debemos olvidar el hecho intimidatorio que supone tener a varias personas de manera permanente vigilando los movimientos de los okupantes. Este tipo de hecho, que, si bien no es violento físicamente, evidentemente resulta amenazante, suele derivar en que, antes o después los ocupantes opten por abandonar la vivienda.

Por último, en ocasiones, cuando la negociación con la empresa fructifica, se permite el acceso de ésta al interior del inmueble para negociar los términos (si habrá o no indemnización) y, por norma general, se termina firmando un documento en el que se avala el desalojo.

Cuál es el precio de los servicios de una empresa de desalojo

Se calcula que los honorarios de una empresa dedicada al desalojo de okupas oscilan desde los 3.000 euros en adelante. Utilizamos el término «se calcula» debido a que las tarifas de estas empresas especializadas no siempre están disponibles en sus sitios web. Aun así, podemos decir que otras cifras que se pueden encontrar en internet oscilan desde los 500 euros como la más baja hasta los 8.000 euros como la más alta.

Cuándo una empresa de desalojo está cometiendo una ilegalidad

Como hemos dicho, las empresas de desalojo levantaron mucha polémica hace algunos años. Su estética, el haber estado asociadas a determinados movimientos políticos o el hecho de rozar la ilegalidad en determinadas actuaciones las ha hecho estar bastante discutidas. Por ello, es esencial precisar qué fronteras no debe pasar una empresa de desokupación para no caer en ilegalidades:

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  • No instalar elementos de control de acceso electrónicos. Como hemos dicho, en el fondo, estos dispositivos impiden el acceso a aquellas personas que desconocen la clave o no han registrado sus datos biométricos. Por lo tanto, a efectos prácticos, supone una medida coactiva que impide a los habitantes (legales o no) el acceso a su residencia.
  • Llevar a cabo medidas de desalojo en presencia de menores, mayores de 65 años, personas dependientes o víctimas de violencia de género. Para todos estos casos, puede ser requerida la presencia de los servicios sociales, por lo que desalojar a personas pertenecientes a colectivos vulnerables podría ser considerado un acto ilegal.
  • Acceder por la fuerza al interior de la vivienda. Evidentemente, se trataría de un allanamiento de morada y, como tal, estaría tipificado.
  • Recurrir a medidas que puedan derivar en acoso. Llamar insistentemente a la vivienda o al teléfono de los residentes podría ser delictivo.
  • Cortar lo suministros. Al igual que si esta acción la lleva a cabo el dueño del hogar, el corte de la luz, el agua u otro suministro básico es considerado una coacción.
  • Recurrir a la violencia. Aunque se trate de una reacción a una provocación, siempre que un integrante de este tipo de empresas cometa un acto violento (físico o verbal), estará incurriendo en un delito.

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