Cuál es el tiempo máximo para devolver la fianza del alquiler

¿El inquilino tiene derecho a recuperar la fianza del alquiler? ¿Cuál es el tiempo máximo que tiene el propietario para devolver la fianza?

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La fianza del alquiler es una de las principales preocupaciones de los inquilinos y puede ser, incluso, un tema de discusión con su casero. Por norma general, corresponde a un mes de renta, una cantidad considerable que el inquilino no quiere perder. Pero ¿tiene derecho a recuperarla en todos los casos? ¿Y cuál es el plazo de devolución de la fianza?

Qué dice la ley al respecto

Cabe recalcar que la ley no obliga directamente al arrendador a devolver el importe de la fianza. Irónicamente, aunque sea una de las preocupaciones principales de los inquilinos, la fianza del alquiler queda un poco en el aire, ya que no se esclarece de forma clara que el arrendador deba realizar la revolución.

Lo que sí se establece en la Ley de Arrendamientos Urbanos es una referencia indirecta respecto al plazo de devolución de la fianza. Por ende, se podría deducir que la Ley de Arrendamientos Urbanos obliga al arrendador a devolver la fianza del alquiler, aunque de forma indirecta.

Entonces, ¿cuál es el plazo para la devolución de la fianza del alquiler?

El artículo 36.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos dice lo siguiente:

Artículo 36 de la LAU – Fianza

El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.

Así pues, si bien no se especifica un plazo concreto, el arrendador tiene 30 días desde la entrega de llaves para devolverle la fianza al inquilino; si tarda más, la cantidad irá adquiriendo intereses y aumentando progresivamente.

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¿Qué determina la devolución de la fianza de alquiler?

La fianza es la garantía que tiene el propietario ante los daños a la vivienda durante el tiempo que el inquilino permanezca en ella, o también para hacer frente a un impago por parte del inquilino. Se trata de una forma de proteger al propietario de posibles incidentes mientras el inquilino se encuentre en la vivienda.

Para recuperar la fianza es necesario que la vivienda se devuelva en el mismo estado en el que se encontró y con todas las mensualidades y recibos pagados. Durante los 30 días desde la entrega de llaves, el propietario puede corroborar que todo está correcto. Si, transcurrido ese tiempo, todo está en buen estado, el arrendador deberá devolver la fianza.

¿Es obligatorio que te devuelvan la fianza?

Sí. Aunque la Ley de Arrendamientos Urbanos no lo especifique directamente, es una obligación por parte del arrendador pues, si no se devuelve la fianza, se le aplicarán sanciones.

Sin embargo, existen algunos motivos por los que el propietario puede negarse a devolver parte o la totalidad de la fianza. Estos motivos son:

  • Daños en la propiedad: el inquilino debe devolver la vivienda en las mismas condiciones en las que las encontró al inicio del alquiler. Todos los desperfectos generados requerirán de obras, reparaciones o sustituciones de las que se tendrá que hacer cargo el propietario. El gasto previsto a estas intervenciones puede ser detraído de la fianza.
  • Suciedad y mal estado: si tras la entrega de llaves se considera que el inmueble está en condiciones poco salubres que obliguen al propietario a realizar una limpieza profunda por cuenta propia o con la ayuda de un servicio externo especializado, este gasto también puede ser detraído de la fianza.
  • Obras sin autorizar: por lo general, en los contratos de alquiler se especifica que el inquilino no puede llevar a cabo modificaciones sin la autorización del propietario. Si el inquilino procede, el propietario puede negarse a devolver parte o la totalidad de la fianza.
  • Impago de mensualidades: la fianza, en ningún caso, sirve como sustitutivo de una mensualidad. Sin embargo, si un inquilino decide no abonar un mes de fianza (sobre todo el último), el propietario puede obtenerlo con la fianza.
  • Impago de servicios: si un inquilino se retrasa o no realiza los pagos de los suministros que estén a su nombre en la vivienda, el propietario puede retener de la fianza el importe total adeudado.
  • Incumplimiento del periodo de vigencia mínima del contrato: por norma general, un inquilino no puede abandonar la vivienda antes de los seis meses. Si decide abandonar el inmueble antes de que haya transcurrido este tiempo, el propietario podrá reclamar las mensualidades restantes y negarse a devolver la fianza.

Qué hacer si no te devuelven la fianza

Si, una vez finalizado el contrato de alquiler, el inmueble se encuentra en buen estado, el inquilino ha pagado todas las mensualidad y no hay impagos de facturas pendientes, el propietario esta obligado por ley a restituir el importe total de la fianza. De no hacerlo, el inquilino podrá iniciar el procedimiento legal que considere oportuno para recuperar su fianza.

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