Cómo empadronarse en un piso de alquiler

Cuáles son los plazos administrativos para realizar la inscripción en el Padrón y qué documentos son necesarios.

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Empadronarse supone poner en conocimiento de la administración local que nuestra residencia habitual se encuentra ubicada en su término municipal. Es decir, se trata de un trámite sencillo mediante el que hacemos saber al consistorio en qué domicilio exacto residimos. Para el caso de viviendas en propiedad, resulta evidente que es una gestión necesaria; no ocurre lo mismo cuando residimos en régimen de arrendamiento, pues, pese a ser uno de los trámites indispensables al terminar una mudanza, por pereza o desconocimiento, no siempre se lleva a cabo.

¿Es obligatorio empadronarse si se vive de alquiler?

A este respecto, recurrimos al BOE del 29 de abril de 2020 relativo a las instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, que en sus Condiciones Generales establece que toda persona está obligada a inscribirse en el padrón del municipio en que resida habitualmente; además, aclara que este procedimiento ha de ser llevado a cabo por cualquier ciudadano independientemente de su edad, incluyendo a los menores no emancipados y a los mayores incapacitados.

BOE del 29 de abril de 2020 – Consideraciones generales

2. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios, o en varios domicilios dentro del mismo municipio, deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

3. Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados tendrán la misma vecindad que los padres que tengan su guarda o custodia o, en su defecto, de sus representantes legales, salvo autorización por escrito de éstos para residir en otro domicilio o municipio.

Como podemos comprobar, se establece que, en el caso de residir en varios domicilios a la vez (estudiantes que acuden a la universidad en otra ciudad distinta de aquella en la que tienen el domicilio familiar o personas que entre semana trabajan en un municipio y los fines de semana regresan a casa), será necesario permanecer empadronado en aquel en que más tiempo se habite durante el año.

Así pues, en el caso de llevarse a cabo un cambio de residencia habitual, es necesario hacerlo constar por escrito o de manera electrónica siguiendo los procedimientos que la administración local establezca. Por último, y esto es especialmente importante, el trámite ha de llevarse a cabo tanto cuando se produzca un cambio de municipio como cuando la mudanza se realice a otro inmueble situado dentro de la misma localidad.

Qué se necesita para empadronarse viviendo de alquiler

Se trata de un procedimiento administrativo sencillo que no debe llevar más de un par de horas. Para ello, se requerirán al solicitante los siguientes documentos:

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  • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia (original y fotocopia) de cada persona a empadronar.
  • Contrato de arrendamiento (original y fotocopia).
  • Hoja de inscripción facilitada por la administración competente.

Cuál es el plazo máximo para empadronarse

En realidad, no existen plazos legales para llevar a cabo esta gestión. De hecho, pese a que no sea aconsejable, muchas personas nunca llegan a estar empadronados en la ciudad en que residen de forma habitual durante un periodo de tiempo. No obstante, al ser un trámite necesario para poder optar a otros procedimientos administrativos, lo recomendable es hacerlo lo antes posible.

Eso sí, si la persona vive en régimen de alquiler, debe tener en cuenta que el contrato de arrendamiento a presentar debe tener una vigencia mínima restante de, al menos, 6 meses. En el caso de que el contrato vaya a tener una duración menor, se puede incluir, también, una prórroga del contrato de alquiler; a fin de cuentas, lo que se pretende demostrar es que se va a residir en la vivienda (y, en consecuencia, en el municipio) durante un periodo prolongado de tiempo.

¿Me puedo empadronar si no tengo contrato de alquiler?

Existen una multitud de situaciones en que una persona puede residir en una vivienda de forma habitual y no tener contrato de alquiler expreso. Por ejemplo, destacamos las siguientes:

  • Residentes en domicilios de familiares o amigos en los que no media alquiler.
  • Guardeses y trabajadores de fincas cuyo trabajo es, precisamente, cuidar la residencia que tienen a su cargo.
  • Cuidadores y cuidadoras de personas dependientes que trabajan en régimen de internos/as.
  • Parejas en las que el contrato está puesto solo a nombre de uno de los dos.

Cómo empadronarse sin contrato de alquiler

Para todas circunstancias comentadas anteriormente, desde el año 2015 es posible empadronarse sin que medie un contrato de arrendamiento. Para ello, ha de solicitarse al ayuntamiento que, a través de los técnicos responsables, se persone en el inmueble a fin de realizar las comprobaciones necesarias para certificar que la persona reside en el domicilio en que dice hacerlo. Tras la visita, se redacta un informe que sustituye como documento requerido para el empadronamiento al contrato de arrendamiento. Es importante resaltar que en este informe sólo se verifica que la persona reside en el domicilio omitiendo cualquier otra información de carácter personal como, por ejemplo, bajo qué condiciones o acuerdos lo hace.

Ventajas de empadronarse en un piso de alquiler

Tras empadronarse en su municipio, la persona solicitante recibe un volante de empadronamiento que le permite, entre otras, llevar a cabo las siguientes gestiones:

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  • Solicitar y renovar el DNI y pasaporte.
  • Renovar el carné de conducir.
  • Solicitar ayudas sociales.
  • Solicitar plazas en escuelas y guarderías.
  • Matricular su vehículo.
  • Asistencia sanitaria.
  • Llevar a cabo trámites en el Registro Civil.
  • Votar.

Del mismo modo, en el caso de que el inquilino sea la persona que tenga que dar de alta los suministros o que ha llegado a un acuerdo de cara a asumir de forma total o parcial el IBI de la vivienda, conviene que, precisamente por eso y de cara a evitar conflictos administrativos, aparezca en el Padrón como residente habitual del inmueble de cuyos gastos se está haciendo cargo.

Por último, para según qué gestiones se requerirá un documento de orden mayor al volante de empadronamiento. Se trata de un certificado de empadronamiento, que habrá de solicitarse al ayuntamiento, tendrá una vigencia de 3 meses y que suele tener un coste de en torno a 2’50€. Con él se pueden realizar, entre otras, la siguientes gestiones:

  • Llevar a cabo procedimientos relativos a las herencias.
  • Interactuar con organismos militares.
  • Realizar solicitudes a autoridades del extranjero.
  • Llevar a cabo trámites relativos a los registros oficiales.
  • Certificar el domicilio habitual a los centros penitenciarios.
  • Solicitar el reconocimiento de situación de dependencia.
  • Determinadas gestiones con algunos centros universitarios.
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