Grifo roto en un piso de alquiler: ¿quién paga el cambio o la reparación?

Cuando algo se estropea en un piso de alquiler, siempre surge la duda de quién tiene que correr con ese gasto. ¿Quién paga un grifo roto en un piso de alquiler?

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Cuando algo se estropea en un piso de alquiler, siempre surge la duda de quién tiene que correr con ese gasto. Ya hemos hablado de algunos casos, como la reparación de electrodomésticos o persianas, pero ¿quién paga un grifo roto en un piso de alquiler?

Quién paga la reparación de un grifo en un piso de alquiler

Al igual que ocurre cuando se rompe una persiana en un piso de alquiler, el cambio de grifería corresponde al arrendatario o al arrendador dependiendo de la naturaleza de la avería. 

Sin embargo, y por norma general, la reparación de un grifo roto siempre se considerará una pequeña reparación, ya que un grifo que gotea difícilmente se considerará causa de inhabitabilidad en al vivienda.

Según el artículo 21.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos:

Artículo 21 de la LAU – Conservación de la vivienda

Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario.

Por lo tanto, el inquilino deberá correr con los gastos de la reparación de un grifo en un piso de alquiler. Pero, para que esto sea así, tienen que darse dos circunstancias:

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  1. Que la reparación sea pequeña: la LAU no establece qué es una pequeña o gran reparación, por lo que la jurisprudencia ha determinado que una pequeña reparación es toda aquella por debajo de los 150 euros, aproximadamente. Si la reparación excede ese coste, ya no se considera pequeña.
  2. Que la avería se deba a un uso ordinario: este es el uso que puede entenderse como normal, si bien este término puede ser algo complicado de discernir.

Así pues, si el grifo se ha roto por un uso normal del mismo y su reparación no excede los 150 euros, su reparación corre a cargo del arrendatario. Y, por supuesto, si la avería se debe a un uso anormal del elemento, también corre a cargo del inquilino.

Por el contrario, si la reparación cuesta más de 150 euros y ha sido generada por un uso normal del inmueble, ya se considera una gran reparación y corre a cargo del arrendador.

Por supuesto, en todos los casos en que exista culpa o negligencia del inquilino, la reparación de los daños correrá de su parte.

¿Y qué ocurre si se atasca el fregadero?

Si el problema con la grifería se debe a un atasco en el fregadero, se trata de un tema más espinoso de lo que parece, a no ser que ambas partes tengan una buena comunicación, lo que facilitaría mucho el proceso.

Ya sabemos que el arrendador es el responsable de realizar las reparaciones necesarias para garantizar las condiciones de habitabilidad de la vivienda. Dichas condiciones son aquellas que te permiten llevar a cabo las actividades que se consideran de primera necesidad.

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Sin embargo, aquí entra la cuestión que hemos comentado anteriormente: qué consideramos un uso normal del elemento. Y es que el inquilino deberá pagar aquellas reparaciones de averías que surjan por un mal uso del elemento en sí mismo.

El dilema es bastante similar al de las humedades en los pisos de alquiler. Precisamente por eso siempre es recomendable documentar todo bien y tener una relación fluida con el arrendador o la inmobiliaria. De esta manera será más fácil resolver este tipo de problemas.

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